Contundente triunfo: Corte Suprema rechaza su desafuero del Gobernador de Ñuble

En un fallo definitivo de 17 – 0, el máximo tribunal de justicia da portazo a la Fiscalía y ratifica que los antecedentes presentados por el Ministerio Público no alcanzan el estándar de plausibilidad requerido y la acusación presenta vacíos evidentes en sus fundamentos.
Esta resolución cierra el proceso judicial, permitiendo a la máxima autoridad regional reafirmar su inocencia y continuar trabajando plenamente enfocado en el desarrollo de Ñuble.
En un categórico e inapelable victoria judicial para el Gobernador de la Región de Ñuble, Óscar Crisóstomo Llanos, la Corte Suprema de Justicia confirmó el rechazo a la solicitud de desafuero impulsada en su contra por el Ministerio Público. El fallo del máximo tribunal ratificó la sentencia previa dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán, desestimando por completo las acusaciones de la Fiscalía.
La resolución definitiva, dictada el 4 de septiembre de 2026, desestima la persecución criminal al concluir que los hechos imputados carecen del sustento necesario para iniciar un juicio.
“Este fallo ratifica lo que sostuve desde el primer minuto en que intentaron imputarme delitos y pone punto final a un extenso y agotador proceso que se demoró casi seis años, período durante el cual sufrí acusaciones injustas y carentes de sustento, que cobraban fuerza de manera reiterada en los dos elecciones en las que participé, con la evidente intención de afectar mi imagen. Afortunadamente la comunidad de la región fue muy sensata y no creyó las mentiras que desde algunos sectores políticos divulgaron sin escrúpulos”, señaló el Gobernador Regional.
En el mismo sentido, también señaló que “cada vez que estos ataques volvían a ser difundidos, reafirmé que esta no es la política que merece Ñuble y por eso mi compromiso fue siempre con la verdad y con el trabajo bien hecho y nuestros vecinos así lo han entendido”.
Argumentos sin sustento
Entre los argumentos que fundamentaron este contundente triunfo en la Corte Suprema, el fallo destaca lo siguiente:
- Los antecedentes recabados en la carpeta investigativa de la Fiscalía no alcanzan el estándar de plausibilidad exigido para hacer lugar a la formación de causa por el delito de cohecho pasivo entre particulares.
- La descripción fáctica de la conducta que se le atribuía al Gobernador presenta “vacíos” que impiden que la solicitud de desafuero pueda prosperar.
- El Ministerio Público no logró explicar en su solicitud cuáles habrían sido los actos ejecutados por Óscar Crisóstomo Llanos para supuestamente favorecer la contratación de una empresa constructora por sobre otro oferente.
- El tribunal reconoció que la decisión de dicha contratación no dependía de la autoridad regional, sino que recaía exclusivamente en los diecisiete beneficiarios del subsidio habitacional del Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu).
A juicio del abogado defensor, Enrique Aldunate, este contundente rechazo se traduce en un verdadero portazo judicial a las pretensiones de la Fiscalía, “es la Corte Suprema la que confirma que las imputaciones eran infundadas y absolutamente injustas en relación a lo que fueron sus actuaciones. Por lo tanto, recibimos con mucha satisfacción este resultado y ratifica lo que siempre sostuvo esta defensa en relación a la total y absoluta inocencia del señor Crisóstomo”.
Esta resolución definitiva pone fin a la incertidumbre y ratifica el correcto actuar de la máxima autoridad regional. Con su nombre completamente limpio, el Gobernador Óscar Crisóstomo reafirma su compromiso para continuar trabajando con todas sus energías, y sin distracciones, por el desarrollo, la seguridad y el bienestar de todos los habitantes de la Región de Ñuble.